Inscripción de Nacimiento de Persona Nacida en el Hogar, de Procedencia Indígena, Menor de 10 Años

Este trámite está diseñado para inscribir a una persona nacida en el hogar, de procedencia indígena, y menor de diez años. A través de este proceso, se garantiza que el nacimiento sea registrado oficialmente en el Registro Civil.

¿Dónde realizar el trámite?

El trámite puede realizarse en las siguientes ubicaciones:

  • Oficinas Centrales: Planta baja, ventanilla de Recepción de Documentos, costado oeste del Parque Nacional, San José, Costa Rica.
    • Horario: Lunes a viernes, de 7:00 a.m. a 3:00 p.m.
  • Oficinas Regionales: Para consultar las ubicaciones y horarios de las oficinas regionales, puedes visitar este enlace:

Requisitos para la Inscripción

Para llevar a cabo la inscripción de una persona menor de diez años nacida en el hogar y de procedencia indígena, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Solicitantes autorizados:
    • El trámite debe ser solicitado por la madre, el padre o el representante legal del menor, portando su documento de identidad.
    Fundamento legal:
    • Ley n.° 3504, Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil (artículos 48, 49 y 95 inciso c).
    • Ley n.° 8764, Ley General de Migración y Extranjería (artículo 33.2).
    • Reglamento del Registro del Estado Civil (artículos 18 y 22).
  2. Información sobre el parto:
    • Se debe indicar quién atendió el parto. Si fue alguien distinto al padre o madre, deberá presentarse una declaración jurada de esta persona.
    • Es necesario aportar un aval que contenga la información requerida para demostrar la procedencia indígena de la persona interesada y sus padres.
    Contenido del aval:
    • Datos de la persona solicitante.
    • Nombre de la Asociación de Desarrollo Indígena.
    • Cédula jurídica de la asociación.
    • Número y fecha de la sesión donde se trató el caso.
    • Año de pertenencia de la persona solicitante y sus padres a la comunidad.
    • Firma y cédula del presidente de la Asociación de Desarrollo Indígena.
    • Sello de la asociación.
    • Declaración de maternidad y paternidad.
    Fundamento legal:
    • Reglamento del Registro del Estado Civil (artículo 22).
    • Ley n.° 5476, Código de Familia (artículos 69 y 84).
  3. Datos de contacto:
    • Debe proporcionarse una dirección de correo electrónico y un número telefónico para notificaciones. Si no se cuenta con correo electrónico, se debe indicar una dirección física exacta.
    Fundamento legal:
    • Ley n.° 8687, Ley de Notificaciones Judiciales.
    • Ley n.° 8454, Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos.
    • Ley n.° 8968, Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales.

Plazo de Resolución

El plazo para recibir una resolución varía según el tipo de declaración:

  • 15 días hábiles si la declaración es oportuna.
  • 66 días hábiles en otros casos.

Costo del Trámite

Este trámite no tiene costo, es completamente gratuito.

Formulario a Presentar

No es necesario presentar un formulario específico.

Contacto

Para mayor información, puedes comunicarte con la Secretaría de la Sección de Inscripciones:

Este trámite asegura que los derechos de las personas indígenas sean respetados y registrados adecuadamente en el país.

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