Naturalización por Trascendencia de alguno de los Progenitores
La naturalización por trascendencia de alguno de los progenitores es un proceso legal en Costa Rica que permite a los menores extranjeros adquirir la nacionalidad costarricense cuando uno de sus padres obtiene la naturalización. Para que el menor pueda acceder a este derecho, es necesario que esté domiciliado en Costa Rica al momento de la naturalización del progenitor.
Dependencia Encargada
El trámite es gestionado por la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). Para consultas o atención presencial, se puede acudir a las oficinas centrales o regionales:
- Oficinas Centrales: Planta baja, costado oeste del Parque Nacional, San José, Costa Rica.
- Horario: Lunes a viernes, de 7:00 a.m. a 3:00 p.m.
- Para otras oficinas regionales, se puede consultar en el siguiente enlace:
Requisitos para la Naturalización
A continuación, se detalla el proceso de solicitud de naturalización por trascendencia y los requisitos necesarios:
1. Presentación del Escrito de Solicitud Inicial
El escrito de solicitud es obligatorio y puede ser presentado de tres formas:
- Por la persona solicitante.
- Por un tercero, con la firma autenticada por un profesional en derecho.
- Por un apoderado especial, adjuntando el poder debidamente protocolizado.
Este trámite se fundamenta en la Ley de Opciones y Naturalizaciones N° 1155 y en los artículos correspondientes del Reglamento de Naturalizaciones.
A continuación puedes descargar un modelo de solicitud:
2. Indicación de Dirección para Notificaciones
Debe proporcionar una dirección de correo electrónico para recibir notificaciones sobre el trámite. Si la persona interesada no cuenta con una dirección de correo electrónico, deberá indicar una dirección física precisa.
Este requisito está respaldado por la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 y otras leyes afines.
3. Documentación de Identificación
Se debe aportar una fotocopia certificada del documento de identidad vigente (como pasaporte, DIMEX, carné diplomático, etc.). Si se presenta una fotocopia sin certificar, debe ir acompañada del original para su verificación.
Este requisito se encuentra establecido en el artículo 38 del Reglamento de Naturalizaciones.
4. Certificado de Nacimiento
Se debe presentar un certificado de nacimiento del país de origen, debidamente legalizado o apostillado, y traducido al español si está redactado en otro idioma. La traducción debe ser realizada por un traductor oficial registrado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa Rica.
No existe fecha de vencimiento para este documento, y su presentación está regulada por el artículo 38 inciso a) del Reglamento de Naturalizaciones.
5. Fotografía
Es necesario aportar una fotografía tamaño pasaporte, que debe ser de frente, sin retoques, y donde el rostro se vea claramente.
6. Timbres Fiscales
Se requiere el pago de un timbre fiscal, cuya cantidad varía según la nacionalidad de origen del solicitante:
- 20 colones para ciudadanos centroamericanos.
- 200 colones para otras nacionalidades.
Pasos para Realizar el Trámite
A continuación se presentan los pasos para completar el proceso de naturalización por trascendencia:
- Reunir la documentación: Reúna todos los documentos requeridos, incluyendo la solicitud inicial, fotocopia del documento de identidad, certificado de nacimiento y fotografía.
- Presentar la solicitud: Presente el escrito de solicitud inicial ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones, ya sea personalmente, por medio de un tercero con firma autenticada o mediante apoderado especial.
- Pago de timbres fiscales: Realice el pago correspondiente de los timbres fiscales en función de la nacionalidad de origen.
- Esperar notificaciones: Revise las notificaciones sobre el trámite en la dirección de correo electrónico o física proporcionada.
- Verificar el estado del trámite: Si desea conocer el estado de su expediente, puede enviar un correo electrónico a consultasoyn@tse.go.cr o llamar al 2287-5476.
Costo del Trámite
El trámite de naturalización por trascendencia es gratuito, con excepción de los timbres fiscales mencionados.
Plazo de Resolución
El plazo estimado para la resolución de la solicitud es de 285 días hábiles. Durante este tiempo, el solicitante deberá estar atento a cualquier notificación para brindar información adicional si es necesario.
Recomendaciones Adicionales
Para facilitar la aprobación del trámite, se recomienda aportar pruebas documentales adicionales que demuestren la residencia en Costa Rica. Algunos ejemplos incluyen:
- Certificación de estudios de cuotas de la Caja Costarricense de Seguro Social.
- Certificados de vacunas aplicadas por el Ministerio de Salud.
- Certificación de estudios realizados en el país.
Estos documentos deben ser emitidos por la autoridad competente y contener fechas claras y detalladas.
Contacto para Consultas
Para cualquier consulta adicional, puede comunicarse con la Sección de Opciones y Naturalizaciones a través de:
- Correo electrónico: consultasoyn@tse.go.cr
- Teléfono: 2287-5476
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